DERECHO PRINCIPIOS DE LEY

jueves, 10 de agosto de 2017

DR,ROGELIO BARRAGAN OROZCO, Comercio electrónico en derecho

Comercio electrónico

Iniciaremos el planteamiento del problema en torno al comercio electrónico con la clasificación de Mantilla y Molina  el cual clasifica los actos mercantiles en dos tipos:
Actos absolutamente mercantiles:
Son aquellos que son absolutamente mercantiles en cualquier circunstancia y por ende les será aplicable la legislación.
Actos de mercantilidad condicionada: Los cuales pueden ser o no mercantiles según el caso.
Actos principales, cuya mercantilidad puede ser condicionada por su objeto (indirecto), por el sujeto o por su fin.
Actos Accesorios, los cuales pueden ser mercantiles si el acto principal con el que están vinculados lo es.Partiendo a esta definición entonces podríamos preguntarnos donde encaja el comercio electrónico. Si buscamos  dar un enfoque en sentido filológico el comercio electrónico encaja completamente en dos puntos a relación del comercio en ánimo de lucrar y las ganancias son por variación de los precios. El comercio electrónico tiene cual fin el intercambio de bienes e incluso servicios y si observamos este sentido filológico podremos observar que el comercio electrónico cumple con lo anterior. Pero se presenta un punto de alteración en el comercio electrónico  en sentido a la relación entre aquel que compra y el que vende, en sentido no existe una relación directa e incluso esto en muchas ocasiones esto puede generar una liberalidad, es puramente el  comercio electrónico una relación mercantil, y si observamos cumple los principios de esta:
Interposición en el intercambio de bienes y servicios
Bienes y servicios ofrecidos en masa o al público
Pero el comercio electrónico, no se aplica completamente al artículo 75 en sentido a los actos de comercio e incluso podríamos preguntarnos si ha dicho tipo de gobierno se tiene el sentido de cubrir la capacidad de goce y ejercicio.
Preguntemos en sentido al comercio electrónico si, pueden cumplirse los fundamentos a relación del articulo 450 por ejemplo del código civil en el comercio electrónico, puede tenerse control de los comerciantes y relación a los actos de los mismos, esta pregunta complementa el problema y tiene el fundamento  de análisis  en dicho tipo de comercio o en el comercio electrónico se sigue a pie el artículo 12 del código civil.2

De tan extenso problema al comercio electrónico podremos crear conclusiones extensas y divergentes al tema, si bien el comercio electrónico se puede considerar incluso como un acto de comercio, buscando ofrecer, satisfacer una necesidad a un consumidor, si lo vemos de este punto de pista el comercio electrónico entra en el sentido de finalidad, dado que no tiene un proceso completamente legislado, pero si se tiene el sentido único de lucro y utilidad. Los medios electrónicos a fechas recientes, si bien buscan una ganancia en sentido individual y si nos preguntamos en un alto porcentaje no se cumple con los requisitos básicos para ejercer comercio los cuales son capacidad legal, ocupación ordinaria, actividad comercial y lucro (Este último es el que más se busca en dicho tipo de comercio).Incluso en el comercio electrónico este se da, aun teniendo perdida la capacidad en sentido legal. Podríamos preguntarnos si el comercio electrónico tiene un registro público, sistema de contabilidad un giro incluso comercial y observaremos que no cumplirá con lo anterior. Incluso  el comercio electrónico jurídicamente dista mucho de cumplir con las normas en relación al mismo.3Si buscamos al comercio electrónico los requisitos a cumplimiento para conformarse como empresa no tiene las bases subjetivas, materiales, económicas ni mucho menos formales, incluso podríamos atrevernos a mencionar que ni siquiera el comercio electrónico tiene sentido a propiedad industrial. A relación a lo anterior el comercio electrónico muchas veces no adquiere la cualidad de ser comerciante y si bien no hace falta hacer examen, ni patente gubernamentativa el solo hecho del ejercicio profesional como lo hemos estudiado ¿en realidad le dará la cualidad de comerciante, aquel que conlleve la actividad en base a los medios electrónicos?4.
Por qué las cuestiones en sentido al comercio electrónico son muchas, como por ejemplo quien realiza en nombre propio las mismas, el sentido de ser habitual así como el ejercicio y actos en base a la actividad comercial. (Demostramos lo mismo, el comercio electrónico está lejos de cumplir con lo anterior).
Los sentidos de firma y razón en el comercio electrónico tienen un abismo inmenso, donde incluso dichos contratos se llevan a cabo con nombres y razones ficticias, dejando un peligro inmenso en dichos actos .Si en nuestro país no existe un registro confiable a la actividad empresarial, imaginemos en donde nos encontramos en el sentido jurídico hablando del comercio electrónico y la regulación del mismo. O por sentido mismo lo nominativo es raro en el comercio electrónico, y lo genérico abunda en el mismo, preguntémonos entonces si puede tener control un libro en dicho comercio.

Análisis  Personal:

A fundamento de derecho y comercio, dicta un abismo el comercio electrónico en sentido a formas de derecho, es un mundo de distancia a lo que debería de fundamentarse en norma y seguimiento de dicha actividad comercial.
Cada actividad conllevada en este medio, deja en muchas ocasiones un abismo en la  norma, los actos de comercio en los medios electrónicos se llevan a cabo, en incremento diario e incluso en años venideros tomaran la base del comercio, lo que debe de tenerse en cuenta, para seguir la normativa en base a derecho.
Nuestro código en sentido a comercio debe de actualizarse y buscar cubrir la normativa en base al crecimiento , globalización y tecnología en pro de conllevar a la par el crecimiento día a día y al futuro que puede superar las leyes actuales de comercio.




Bibliografia.

1.Mantilla Molina , Derecho Mercantil 29 ed. Porrua ,México 1993 p 60 y 61.
2. Paredes, L. E. y Meade, O. (2014). Derecho Mercantil, parte general y sociedades. Barcelona: Larousse. P 28 -39.
3. UNIR temas, paginas 1-13

4. Vivante, C. (2003). Derecho Mercantil (pp. 49-91). México: Tribunal Superior de Justicia del Distrito Federal

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